
Ley Ricarte Soto es una ley que te va a interesar si tienes antecedentes de cáncer en tu familia o alguna enfermedad poco frecuente. Descubre cómo te beneficia ????
Desde el año 2015, miles de chilenos pertenecientes al sistema de salud previsional tienen acceso a la ley Ricarte Soto, una iniciativa que garantiza el financiamiento del diagnóstico y tratamiento de una lista de enfermedades de alto costo, que incluye patologías oncológicas, inmunológicas, raras o poco frecuentes.
Según la Superintendencia Nacional de Salud, esta norma es de carácter universal. Eso significa que pueden acceder a ella todos los usuarios de los sistemas previsionales de salud, lo que incluye también a los afiliados a las Isapres.
¿Cuáles son las enfermedades que cubre? ¿Qué deben hacer los afiliados de las Isapres para acceder a este beneficio? A continuación, responderemos estas y otras dudas.
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¿Cómo nace esta cobertura de ISAPRE?
La Ley N° 20.850 fue promulgada en homenaje póstumo al periodista Luis Ricarte Soto Gallegos, reconocido por liderar una serie de protestas en el año 2013, exigiendo mayores facilidades de salud para las personas con enfermedades crónicas y terminales.
Las manifestaciones finalmente surtieron efecto, por lo que en el año 2015 la entonces presidenta Michelle Bachelet creó el Fondo Nacional de Medicamentos de Alto Costo, mediante una ley que lleva el nombre de Ricarte Soto.
La normativa pone en marcha un sistema de protección financiera que favorece a todos los usuarios de los sistemas de salud, incluyendo Fonasa, Capredena, Dipreca e Isapres, sin importar cuál es la situación económica del afiliado.
¿Qué enfermedades cubre la ley Ricarte Soto?
Esta ley cubre la totalidad del valor de los medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de alto costo relacionados al tratamiento de 27 enfermedades. En algunos casos, también ofrece cobertura para el examen de confirmación del diagnóstico, entre otros exámenes específicos.
Entre los problemas de salud cubiertos al 100% por la ley Ricarte Soto encontramos una variada lista de patologías. Por ejemplo comprenden males como tumores neuroendocrinos, artritis psoriásica, cáncer de mamas HER2+, diabetes tipo 1 inestable severa, esclerosis lateral amiotrófica, entre otras.
Puedes ingresar a la página web de la Superintendencia de Salud para ver la lista completa con las 27 enfermedades que cubre en su totalidad la ley Ricarte Soto. La lista está disponible aquí.
¿Cuál es el procedimiento a seguir para acceder a este beneficio?
Para acceder a los beneficios de la ley Ricarte Soto, los afiliados de las Isapres deben activar la Cobertura Adicional de Enfermedades Catastróficas (CAEC). Contempla su contrato de salud previsional. En simultáneo, el médico tratante deberá encontrarse inscrito en el Sistema informático de la ley Ricarte Soto.
Corresponde al médico tratante llenar un formulario de “sospecha fundada” o de “solicitud de tratamiento” con información del beneficiario. Estos documentos serán evaluados por un comité de expertos, que decidirá si el tratamiento es finalmente aprobado. Una vez tomada la decisión, el médico deberá notificar al paciente.
En caso la respuesta sea positiva, el Fonasa informará a través del médico tratante sobre los centros aprobados para seguir el tratamiento, el cual comenzará inmediatamente.
Si no se llegara a cumplir con alguno de los plazos establecidos, el afiliado puede presentar un reclamo formal al Fonasa o a la Superintendencia de Salud.